Para organizar un evento, los establecimientos y espacios abiertos al público donde se desarrollan los espectáculos públicos y las actividades recreativas han de cumplir una serie de requisitos y obligaciones.
Para ello, es importante conocer:
¿Qué es un espectáculo público?
Espectáculo celebrado, en recintos o locales de titularidad pública o privada, en presencia del público.
- Por ejemplo, los celebrados en teatros, cines, plazas de toros, estadios o pabellones deportivos, etc.
Extraído del Diccionario panhispánico del español jurídico.aaa
¿Qué es una actividad recreativa?
Son aquellas que congregan a un conjunto de personas con el objeto principal de participar en las mismas o recibir los servicios ofrecidos por un organizador, con fines de ocio, esparcimiento o diversión.
¿Qué requisitos esenciales debo cumplir para organizar un evento?
Los espectáculos públicos y las actividades recreativas han de disponer de:
1. Cumplir con el ordenamiento urbanístico
Ser compatibles con el ordenamiento urbanístico del lugar donde se ubiquen.
2. Disponer de una licencia
Tener en disposición vigente una licencia o autorización para la realización del tipo de espectáculo o evento que se organice. Aunque en todos los casos se deberá seguir el mismo procedimiento*, cada comunidad autónoma estará regida por su propia legislación.
3. Compatibilidad con las medidas para minimizar el impacto acústico
Ser compatibles con las determinaciones y condicionantes que establecen los mapas de capacidad acústica, los planes de acción y los planes específicos municipales de medidas para minimizar el impacto acústico y, en general, con el resto de las normas y programas para evitar o reducir la contaminación acústica. En este sentido, las personas que soliciten la apertura de un establecimiento tienen que presentar un estudio de impacto acústico del establecimiento. Por su parte, los establecimientos abiertos al público objetivo destinados a espectáculos o actividades musicales deben tener instalado un limitador de sonido con registrador, con el fin de asegurar que no rebasan los límites establecidos a la normativa de contaminación acústica.
4. Conocer los accesos y servicios de movilidad
Prever la suficiencia de los accesos y de los servicios de movilidad y elaborar, si es necesario, el estudio previsto en la normativa sectorial de evaluación de la movilidad generada.
5. Cumplir con la normativa del código técnico de la edificación
Cumplir las prescripciones del código técnico de la edificación y su normativa complementaria y de despliegue. También se tienen que adecuar a las disposiciones de la legislación sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
6. Cumplir las condiciones de prevención y seguridad en caso de incendio
Se tienen que cumplir estas condiciones que están determinadas por la reglamentación específica de aplicación. Además, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas ocupantes en caso de incendio, el local tiene que cumplir las siguientes condiciones estipuladas en el Reglamento de espectáculos:
- Evacuación. Puertas previstas en funcionamiento y vías de evacuación accesibles y libres de obstáculos.
- Señalización. Señales indicativas de dirección del recorrido de evacuación.
- Alumbramiento de emergencia y señalización. Tiene que permitir la evacuación segura y fácil en el exterior en caso de fallo del alumbramiento general.
- Equipos y sistemas de protección contra incendios. Tienen que ser visibles y accesibles.
7. Adoptar las medidas de seguridad necesarias para organizar un evento
Adoptar las medidas de seguridad para prevenir aglomeraciones de personas en la vía pública con motivo del acceso o la salida de personas al espectáculo público o la actividad recreativa. En este sentido.
- Las taquillas de venta de entradas tienen que estar integradas en el recinto donde se desarrolla la actividad recreativa o el espectáculo público.
- El control de entrada, si hay, se tiene que hacer sin ocupar la vía pública, de manera que las colas que pueda provocar no produzcan molestias al tráfico ni a los peatones.
El organizador de eventos debe cumplir todos estos requisitos y medidas básicas para que el festival de música, concierto o cualquier otro evento llegue a un buen fin.
También es muy importante que el organizador tenga contratados los «Seguros para Eventos» y así garantizar la seguridad de todos los participantes.
Legislación consultada:
- Real Decreto 2816/1982 de 27 de agosto
- Decreto 112/2010 de 31 de agosto
- Ley 17/1997 de 4 de julio.
- Cada comunidad autónoma puede legislar al respecto.
*(Ley 10/2015, de 23 de diciembre).
(**) Consultar Ley 3/2010, del 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios.