Las actividades que reúnen a 3 mil o más personas son eventos masivos. También aquellos que se caracterizan por realizarse en lugares que no están destinados de manera permanente para el uso que se quiere dar; como por ejemplo aquellos que no son locales de esparcimiento y/o requieren adoptar medidas especiales de seguridad de los participantes, asistentes o bienes.
Los eventos masivos son aglomeraciones de público reunidas en recintos con capacidad e infraestructura para este fin, con el objetivo de participar de actividades reguladas en su propósito, tiempo, duración y contenido (espectáculo). La responsabilidad de estos eventos recae sobre personas físicas o morales (empresario u organizador), con el control y soporte necesario para su realización en términos de logística organizacional; además, bajo el permiso y supervisión de organismos con jurisdicción sobre ellos (autoridades municipales o nacionales).
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Los espectáculos pueden clasificarse en:
- Encuentros y espectáculos deportivo
- Eventos religiosos.
- Congregación política
- Conciertos y presentaciones musicales
- Ferias y festivales.
- Congresos, simposios, seminarios o similares.
- Obras de teatro.
- Exhibiciones de desfiles de modas, artísticas, gastronómicas y culturales.
- Atracciones y entretenimiento (Parques de atracciones, circos o similares).
- Carnavales y eventos tradicionales.
- Desfiles deportivos, cívicos-militar.
- Eventos culturales, etc.
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¿Quién es responsable de la seguridad?
La seguridad de las personas en los eventos masivos es responsabilidad de quien organiza el evento (empresa, organismo, institución, etc.) según lo establecido en la normativa legal vigente en cada país y que delega ciertas funciones a la autoridad competente en cada jurisdicción.
Los organizadores de los espectáculos o eventos están obligados por ley a informar a los asistentes sobre las medidas de seguridad, dónde se ubican las rutas o vías de evacuación; además, dónde se localizan los elementos de seguridad para enfrentar una eventual emergencia, por ejemplo, presencia de extintores de fuego.
Los profesionales dedicados a la Prevención de Riesgos y a la Seguridad en empresas e instituciones deberán ser consultados por los organizadores de los eventos masivos, con el propósito de realizar una evaluación previa de la actividad a desarrollarse y determinar los Riesgos asociados.
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Los planes de emergencia deben contemplar:
- Rutas de evacuación.
- Salidas de emergencias.
- Ubicación de extintores o equipo de combate de incendios.
- Puntos de reunión externo.
- Ubicación de servicio médico o de auxilio.
- Acciones o medidas de qué hacer antes, durante y después de una emergencia.
- Otras que señalen las autoridades de protección civil.
- Vídeo o audio que informe a quienes concurran al evento como actuar en caso de emergencia (ruta de evacuación, puntos de reunión, etc.).
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Todos los aspectos comentados en este artículo se deben tener en cuenta y también es muy importante que el organizador de este tipo de eventos tenga contratadas las pólizas de Responsabilidad Civil y Cancelación de Eventos.
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Fuente: FISO